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¿Que cubre?

La presente garantía ampara los daños materiales que sufra su vivienda, siempre y cuando se encuentren dentro de las siguientes coberturas y dentro del periodo de vigencia correspondiente.


¿Cuál es la estructura soportante de mi casa?

En la siguiente imagen se indica gráficamente cuales son los elementos que conforman la estructura de una vivienda típica. Si usted nota daños importantes como son grietas o fracturas, por favor comuníquese a nuestros teléfonos de atención.


Nombre de la     cobertura

Vigencia

¿Que cubre?

Resistencia mecánica y estabilidad de la estructura soportante del inmueble.

10 años

Los daños materiales a la estructura soportante del inmueble que comprometan su resistencia mecánica o estabilidad y que tengan su origen en fallas o errores de diseño, fallas o defectos de ejecución o de los materiales integrantes de la misma.

Impermeabilización de cubiertas, terrazas y tejados.

3 años

Los costos de reparación o restitución de aquellos elementos que garantizan la impermeabilización de cubiertas, terrazas y tejados de la construcción, dañados a consecuencia de fallas o errores de diseño, fallas o defectos en los materiales o en la ejecución de los mismos, siempre que ello haya dado lugar a la manifestación de un daño material producido por la entrada de agua desde el exterior.

¿Que NO cubre?

  • Fuerza mayor o fenómenos de la naturaleza (Daños ocasionados por: terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, etc.).

  • Daños por modificaciones, alteraciones constructivas, adaptaciones al inmueble o por usos distintos al habitacional.

  • Los daños por defectos de impermeabilización que tengan su origen en elementos móviles (Instalación de antenas aéreas o de rejas metálicas con fines de protección donde se perfore o dañe la capa impermeabilizante).

  • Las grietas y fisuras que no comprometan la resistencia mecánica, seguridad de las personas o estabilidad del inmueble.

  • Vicios en acabados o terminados, por ejemplo: losetas, yeso, texturizados, carpinterías, grifería, pinturas, etc.

  • Daños relacionados con terrorismo, sabotaje o vandalismo.

  • Daños a contenidos del inmueble (Daños en muebles, aparatos electrónicos, línea blanca, joyería, etc.).

  • Daños relacionados con falta de mantenimiento “normal“ de la vivienda.

  • Incendio, rayo o explosión.

  • Daños por modificaciones o alteraciones constructivas o adaptaciones al inmueble, o por modificación de los elementos de construcción, posteriores a la originación del crédito.

 
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